El 11 de abril arranca la campaña de la renta y, con ella, surgen numerosas dudas que pretendemos resolver en esta publicación antes de que presentes la Declaración de la Renta 2022 en Cataluña.
Si has percibido ingresos económicos durante el año natural anterior, bien seas trabajador por cuenta propia o por cuenta ajena, así como pensionista, debes de saber que existen rentas exentas del IRPF y deducciones autonómicas en Cataluña que podrás aplicar siempre y cuando cumplas con las condiciones que detallaremos más adelante en cada apartado.
¡Respondemos a tus preguntas!
Si me sale la renta a devolver, ¿cuánto tardan en hacerla efectiva?
La Agencia Tributaria tiene un máximo de seis meses, desde el término del plazo de presentación de las declaraciones. Teniendo en cuenta que el plazo de presentación suele terminar el 30 de Junio, podríamos decir que hacienda dispone hasta el 31 de Diciembre, para realizar el pago correspondiente, aunque suele ser mucho más rápida. Normalmente, Hacienda tarda en enviar las devoluciones de la renta entre las dos y las cuatro semanas siguientes a la fecha de presentación, pero también ha llegado a pagar en menos de 15 días.
Sin embargo, en los casos en los que la devolución es superior a 3.000 euros, el trámite puede demorarse debido a que Hacienda se encuentra realizando comprobaciones para garantizar que no existen irregularidades.
¿Qué es la declaración conjunta?
En términos generales, la declaración de la renta en Cataluña y en el resto de comunidades se presenta de forma individual, pero también existe la posibilidad de que las personas integradas en una unidad familiar realicen la declaración conjunta.
La cantidad mínima por contribuyente es de 5.550 euros anuales, con independencia del número de miembros integrados en la unidad familiar. En declaraciones conjuntas se establece una reducción en la base imponible de:
- 3.400 euros anuales por unidad familiar compuesta por matrimonios no separados legalmente con los hijos menores o mayores incapacitados que convivan.
- 2.150 euros anuales por unidad familiar monoparental que esté compuesta por el padre o madre viudo, separado legalmente o no casado con los hijos menores o mayores incapacitados que convivan con el progenitor.
¿Cuándo no debo hacer la declaración de renta en Cataluña?
Según la Agencia Tributaria no todos los ciudadanos están obligados a hacer la declaración de renta en Cataluña o en el resto de Comunidades Autónomas. Por eso, antes de declarar el IRPF en Cataluña, debes de conocer qué contribuyentes están exentos de presentar la declaración de la renta 2022:
- Aquellos que, con único pagador, hayan ingresado 22.000 euros brutos o menos en el año natural 2022.
- Los que con más de un pagador perciben rentas de menos de 15.000 euros anuales, correspondiente al salario mínimo fijado el 1 de enero de 2023 (anteriormente era de 14.000 euros). Existe una excepción para los trabajadores que tienen dos o más pagadores, cuyos ingresos obtenidos a partir del segundo pagador no superen los 1.500 euros en total durante el 2022, se le aplicará el límite general que establece los 22.000 euros anuales.
- Aquellos que durante el ejercicio 2022 han obtenido exclusivamente rendimientos íntegros del capital inmobiliario o ganancias patrimoniales por una cantidad máxima total de 1.600 euros anuales.
- Tampoco están obligados a hacer la declaración de la renta en Cataluña aquellos contribuyentes que hayan sufrido pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros, tanto en tributación individual como conjunta.
¿Cuál es la fecha límite para presentar la declaración de la renta en Cataluña?
La campaña de la Renta 2022 finaliza el próximo 30 de junio, por lo que esta es la fecha límite permitida para presentarla. Si por algún despiste no llegas a tiempo, no presentar la declaración del IRPF en Cataluña en el plazo establecido te supondrá una sanción que dependerá de el retraso, del resultado de la declaración, así como de si es Hacienda la que te envía un requerimiento por no haber presentado la declaración.
- Si el resultado es a devolver, la sanción económica es de 200 euros si has recibido un requerimiento previo de la Administración Tributaria, o de 100 euros en caso de presentar la declaración fuera de plazo pero sin requerimiento de la Administración.
- Si el resultado es a pagar y te has dado cuenta antes de que Hacienda te lo requiera, el recargo corresponde al 1% de la cantidad adeudada y que habrá que sumar un 1% más por cada mes transcurrido. Si el retraso se prolonga hasta los 12 meses, el recargo ascenderá al 15% más los intereses.
- Si el resultado es a pagar y Hacienda te ha hecho llegar el requerimiento, esto supone una infracción que conlleva a una sanción entre el 50% y el 150% del total de la deuda.
Deducciones y exenciones en la renta, ¿qué diferencia hay?
Las exenciones en la renta es un privilegio establecido por el Gobierno o la ley que liberan al contribuyente del pago del impuesto y no tienen la obligación de tributar.
Las deducciones en la renta, en cambio, suponen reducciones totales o parciales en la base imponible del pago de impuestos. Se trata también de un beneficio económico establecido por la ley y favorece en la cuota final a pagar a Hacienda.
La principal diferencia entre las exenciones y las deducciones en la renta es que las primeras eliminan por completo la obligación de tributar por determinados ingresos o situaciones, mientras que las segundas permiten reducir la cantidad a pagar a Hacienda en función de los gastos deducibles.
Además, es importante tener en cuenta que las exenciones se aplican directamente sobre la base liquidable del impuesto, mientras que las deducciones lo hacen sobre la base imponible, por lo que su efecto en la reducción de la cuota final puede variar.
Deducciones para la renta en Cataluña
- Deducción por nacimiento o adopción de un hijo
- Deducción por viudedad
- Deducción por alquiler de vivienda habitual
- Deducción por donación a la investigación científica y tecnológica
- Deducción por rehabilitación de la vivienda habitual
- Deducción tener 2 o más pagadores
- Deducción por fomentar la lengua catalana
- Deducción por instalar placas solares
Consulta más información sobre las deducciones renta 2022 Cataluña
Novedades en el impuesto sobre la renta en Catalunya para este año
Con efectos desde el 26 de enero de 2023 se introducen las siguientes modificaciones en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (RIRPF):
- Se minora del 15% al 2% el tipo mínimo de retención aplicable a los rendimientos del trabajo que deriven de una relación laboral especial de las personas artistas que desarrollan su actividad en las artes escénicas, audiovisuales y musicales.
- Se reduce del 15% al 7% el tipo de retención en los siguientes supuestos:
- Contribuyentes que desarrollen actividades incluidas en los grupos 851, 852, 853, 861, 862, 864 y 869 de la sección segunda de Tarifas del IAE.
- Contribuyentes que desarrollen actividades en las agrupaciones 01, 02, 03 y 05 de la sección tercera, de las Tarifas del IAE.
- Cuando la contraprestación derive de una prestación de servicios que por su naturaleza, si se realizara por cuenta ajena, quedaría incluida en el ámbito de aplicación de la relación laboral especial de las personas artistas.
Especialistas en tramitar declaraciones de renta en Cataluña
En Finques Riera Blanca somos especialistas en la tramitación de declaración de renta en Cataluña y te asesoramos en relación a las deducciones autonómicas de Cataluña o de las posibilidades de exención.
¿Tienes alguna duda antes de realizar la declaración de la Renta 2022? ¡Ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos a resolver las dudas que te surjan con atención personalizada!