El Boletín Oficial del Estado (BOE) dio a conocer el viernes 15 de marzo el índice de precios de referencia, para aplicar el control de las rentas del alquiler en zonas declaradas como tensionadas. Hasta el momento, la primera y única comunidad autónoma en solicitarlo ha sido Cataluña, donde se aplicará a 140 municipios, incluyendo Barcelona, Tarragona, Girona y Lleida. Esta medida entró en vigor al día siguiente.
A continuación te explicamos cuánto puede subir el precio del alquiler en 2024 y en qué supuestos se podrá permitir un aumento adicional.
Objetivo de la nueva Ley de Vivienda
La Ley de vivienda tiene como objetivo, según su redactado, garantizar el acceso a una vivienda digna y adecuada, para proteger y ayudar especialmente a colectivos vulnerables, mediante unas medidas accesibles y efectivas.
Entre las medidas que están en vigor destacan:
- El derecho a la información.
- La actualización de la renta.
- La duración de los contratos.
- Los honorarios del contrato.
- Nueva definición de gran propietario y vivienda vacía.
- Mejoras en el procedimiento de desahucio de hogares vulnerables.
- La limitación del precio del alquiler. (En vigor desde el 16 de marzo de 2024).
Límites al precio del alquiler:
Se establece un límite máximo del 3% para el incremento anual de los alquileres en contratos vigentes. A partir del 2025, se implementará un nuevo índice de referencia para la actualización anual de los alquileres, en reemplazo del IPC, con el objetivo de evitar aumentos excesivos en la renta. En áreas consideradas como tensionadas, se aplican reglas más estrictas:
- Los grandes propietarios no podrán sobrepasar el valor mínimo resultante entre el precio que corresponda según Índice de Referencia para su zona, ni el precio del contrato anterior posterior a la aplicación de la actualización anual. Esto aplica a cualquier contrato de alquiler que se realice, ya sea nuevo o renovación.
- Para los pequeños propietarios, los incrementos en nuevos contratos estarán limitados al porcentaje de actualización anual permitido sobre el precio del contrato anterior.
Es decir, podrán aplicar el incremento del IPC, siempre y cuando este sea menor a un 3%. En caso de ser superior, el importe de actualización estaría siempre limitado a un 3%. Además, en viviendas no alquiladas en los últimos 5 años, el alquiler el precio inicial viene restringido al precio máximo establecido por el Índice de referencia.
Supuestos en los que se podrá subir el precio del alquiler, más de lo que permite la actualización anual
El precio del alquiler se podrá aumentar de manera adicional hasta un máximo del 10% sobre la última renta de los últimos cincos años, más allá de cualquier actualización anual del contrato anterior, bajo ciertas condiciones específicas:
- La vivienda hubiera sido objeto de rehabilitación según el artículo 41 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en los dos años anteriores al nuevo contrato.
- Se hubieran finalizado actuaciones de rehabilitación con un ahorro de energía primaria no renovable del 30%, acreditado por certificados de eficiencia energética.
- Se hubieran realizado mejoras de accesibilidad, debidamente acreditadas, en los dos años previos al nuevo contrato.
- El contrato tiene una duración de diez años o más, o incluye un derecho de prórroga para el arrendatario.
Sin embargo, en zonas residenciales tensionadas y en caso de que el arrendador sea considerada un gran tenedor de vivienda, la renta inicial quedará limitada igualmente por el índice de precios. De esta manera, no se permite que el incremento adicional del 10% supere el límite máximo del precio según los índices de precios de referencia.
¿La subida permitida va ligada al IPC?
El Índice de Precios al Consumo (IPC) es un indicador que evalúa la variación de los precios de bienes y servicios, impactando en el poder adquisitivo de los ciudadanos. Calculado por el Instituto Nacional de Estadística (INE), utiliza una cesta de la compra representativa de los productos más consumidos, comparando estos precios con meses anteriores. Un IPC positivo indica aumento de precios, mientras que uno negativo señala una disminución.
De esta manera, como parte del “Plan de choque de respuesta a la guerra”, la nueva legislación ha decidido que la actualización de precios de los alquileres ya no esté ligada al IPC, con el fin de proteger a los inquilinos de posibles subidas desproporcionadas en sus alquileres debido a la reciente escalada de la inflación.
¿Cuánto puede subir el precio del alquiler en 2024?
Tal y como establece esta legislación, tanto los propietarios individuales como los grandes tenedores (en Cataluña se reduce el umbral de "gran tenedor" de 10 a 5 viviendas) no pueden aumentar el alquiler en más del 3% anualmente en 2024.